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Servicios Publicos y Comunitarios

ImageUn servicio público es un servicio brindado por determinada entidad (por lo general el estado), destinado primordialmente a satisfacer las necesidades de la comunidad o sociedad donde estos se llevan a cabo. Por lo general los servicios públicos acarrean un fin económico y pueden estar ligados a empresas privadas y concesiones

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En la vida cotidiana de cualquier sociedad medianamente civilizada podemos hallar innumerables servicios públicos, desde los más antiguos como el correo, hasta los más modernos y cuestionados como la televisión. Estos son algunos ejemplos:

  • Empresas Postales / Correo (Comunicación)
  • Empresas de Telefonía (Comunicación)
  • Compañías de Gas / Electricidad (Energéticas)
  • Compañías de Agua (Consumo)
  • Empresas Constructoras (Comunicación marítima / terrestre: puertos, rutas, carreteras, etc)
    Hoy en día gracias a la tecnología podemos nombrar también un número de empresas modernas considerable, desde Radios y Televisoras hasta empresas de acceso a Internet entre otras que podrían encuadrarse bajo la definición de servicio público, aunque hay quienes discrepan con su inserción en el mismo rubro.

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Servicios Publicos y Comunitarios

Los servicios públicos son órganos administrativos encargados de satisfacer necesidades colectivas, de manera regular y continua. Les corresponde generalmente aplicar las políticas, planes y programas que apruebe el Presidente de la República a través de los respectivos Ministerios de Estado.
Pueden ser centralizados o descentralizados, y están a cargo de un jefe superior denominado Director. Los servicios centralizados actúan bajo la personalidad jurídica y con los bienes y recursos del fisco y están sometidos a la dependencia del Presidente de la República, a través del Ministerio correspondiente. Los servicios descentralizados actúan con personalidad jurídica y patrimonio propios según les asigne la ley, y están bajo la supervigilancia del Presidente de la República a través del Ministerio respectivo.

Servicios Publicos

En Estados Unidos y en otros países tienen programas para ayudar a las personas a ahorrar energía.  Muchos de nosotros no sabemos que la Cuidad, la compañía de Gas, Luz y el Agua tienen esos programas. 

Si es dueño de casa comuníquese con la ciudad para reparaciones, pintura, y cambio de techo. Si esta en el presupuesto de bajos recursos ellos le arreglan la casa gratis, también tienen préstamos sin o con muy poco interés. Prestamos que si no los a terminado de pagar en 5 años ya no los paga.
También hay préstamos para pequeños empresarios, le ayudan con dinero o con donaciones de aparatos o mercancía.
Comuníquese con la compañía de gas con quien tiene la cuanta para que le reparen o le cambien la calefacción  o aire acondicionado y el calentador de agua, también ellos le reparan y le ponen insolación en las puertas y ventanas. Todos esos servicios son gratis.
Comuníquese con su compañía de electricidad, para que le cambien su refrigerador o hilera, o cualquier aparato eléctrico que es demasiado viejo. Si no califica para que se lo den gratis le dan un reembolso por cada aparato viejo que reemplaza.
Comuníquese con la compañía de agua para que le regalen inodoros y  llaves de agua, en algunos casos le ayudan con la reparación de tuberías. 
Todos estos servicios están disponibles en su comunidad, nosotros los hispanos no aprovechamos esta oportunidad por que no lo sabemos o por que no estamos bien informados.  Informarmese, pero no tome ventaja de estos servicios.

Servicio Comunitario

Los programas de servicio comunitario comenzaron a aplicarse en Estados Unidos con mujeres que cometían infracciones de tránsito en el condado de Alameda (California) en 1966, y varias iniciativas locales aparecieron posteriormente en diversos condados del país (Wright, 1991 en 40). Tal iniciativa, defendida y apoyada en parte por Justice Fellowship, obtuvo fondos de la legislatura de Indiana a fin de crear programas de servicio comunitario como alternativa viable al encarcelamiento en el Estado (Van Ness, 1986 en 194). Los legisladores consideraron que el programa podría ser una oportunidad para solucionar el problema de la superpoblación carcelaria en el Estado. Delincuentes no violentos, que de otro modo hubieran sido encarcelados, recibieron la posibilidad de realizar servicios comunitarios o hacer una reparación a sus víctimas en lugar del encarcelamiento. El interés acerca del programa original aumento de tal modo que el presupuesto destinado a programas de servicio comunitario fue incrementado  de sólo $250.000 en 1980 a $6 millones de dólares para 1985. 

En el Reino Unido, el Parlamento promulgó, a principios de los ’70, leyes que otorgaban a los tribunales facultades específicas a fin de poder ordenar el servicio comunitario como condena, y no sólo como condición para la libertad condicional (Wright, 1991 en 40). El servicio comunitario creció como parte del sistema de libertad condicional; y a los funcionarios de libertad condicional se les delegaba la exclusiva responsabilidad de asegurar el apoyo para los programas de servicio comunitario, además de organizarlos. A medida que estos programas ganaron el apoyo público, algunos especularon acerca de si el elemento reparador era el que lograba dicha atracción. 

Definición  

Baker ha propuesto la siguiente (o una variante de la siguiente) definición para reparación: "acción realizada por el delincuente a fin de hacer de la pérdida sufrida por la víctima algo bueno " (Baker, 1994 en 73). La pregunta es, entonces, si la comunidad es realmente una víctima y, de ser así, si el servicio comunitario realmente hace de las pérdidas que sufrió la comunidad algo bueno. Hay quienes han dado una respuesta afirmativa, aseverando que la comunidad es una víctima secundaria que se ve indirectamente perjudicada por el delito (Van Ness y Strong, 1997 en 93). Por ejemplo, la comunidad sufre un daño psicológico a causa del temor al delito, además de perjuicios más tangibles, tales como el incremento en el costo de los seguros. Otros argumentan que los daños sufridos por la comunidad como consecuencia del delito son demasiado intangibles como para que sea posible calcularlos y, en consecuencia, el servicio impuesto es arbitrario (55). 

En este punto, una distinción significativa puede ayudar a mantener los propósitos reparadores tanto de la restitución como del  servicio comunitario: la restitución repara el daño causado a la víctima particular, el servicio comunitario repara el daño a la comunidad. Quién sea la víctima (individuo o comunidad) determina el tipo de sanción reparadora. Establecer, de este modo,  una diferencia entre servicio comunitario y restitución ayuda a evitar que el servicio comunitario sea utilizado como sanción punitiva: si simplemente se lo añade a la sentencia del delincuente, se lo emplea como un castigo. Si, en lugar de esto, el servicio comunitario se utiliza a fin de reparar el daño causado a la comunidad, el riesgo de que sea utilizado como castigo se reduce. 

Por lo tanto, las órdenes de servicio comunitario deben especificar la naturaleza y alcance del perjuicio sufrido por la comunidad. Esto requiere que se identifique claramente la comunidad que sufrió el daño, el perjuicio sufrido por la misma, y el servicio a ser ordenado para que éste sea específica y directamente reparado (94). 

Beneficios; Propósitos  

El servicio comunitario puede ser una sanción reparadora que vincule la naturaleza del servicio con el delito a ser sancionado, puede ser una sanción positiva que despierte en  el delincuente responsabilidad por sus actos y, puede reducir la carga del sistema carcelario (Walgrave, 1992 en 346). 

El servicio comunitario brinda una oportunidad de que el delincuente observe con sus propios ojos los daños indirectamente causados por su delito. De este modo, el delincuente puede apreciar las razones para los límites de la tolerancia social. Aún más, se otorga al delincuente un modo constructivo y proactivo de reparar los daños causados por su delito, con el beneficio potencial de mejorar la percepción general que el delincuente tiene de su propio valor (Eliaerts en 2). Este puede ser un modo efectivo de promover la legitimidad del delincuente (Faulkner, 1994 en 161). Finalmente, los servicios de los delincuentes pueden ser un importantísimo recurso para organizaciones gubernamentales y sin fines de lucro (Van Ness, 1986 en 165). 

El énfasis del servicio comunitario no está puesto en el castigo, ni en la rehabilitación; tiene que ver con la responsabilidad (Wright, 1991 en 44). Se centra "no en las necesidades de los delincuentes, sino en sus fortalezas; no en su falta de discernimiento, sino en su capacidad de ser responsables; no en su vulnerabilidad frente a factores sociales y psicológicos, sino en su capacidad de elección" (44). Esto diferencia una respuesta rehabilitadora de una respuesta restaurativa/ de servicio comunitario, frente al delito. Y los elementos punitivos de las órdenes de servicio comunitario pueden acompañar su imposición, dentro de un sistema restaurativo, sólo como subproductos del compromiso de tiempo y esfuerzo por parte del delincuente. 

Implementación  

Hay ejemplos de programas de servicio comunitario conducidos tanto por parte de organizaciones sin fines de lucro, como por parte del gobierno. Prison Fellowship, una organización Cristiana sin fines de lucro, dirige  su propio Proyecto de Servicio Comunitario (Van Ness, 1986 en 163). El Departamento de Libertad Condicional del Tribunal de Distrito en Washington ha dirigido un programa de servicio comunitario desde 1977 con la participación de, al menos, 150 instituciones de beneficencia y organismos gubernamentales (163). 

El programa en Washington y otros programas similares se describen a continuación. El juez que dicta la sentencia ordena servicio comunitario como condición para la libertad condicional, especificando la cantidad de horas de trabajo y el período de tiempo en que debe cumplirse la orden. Luego, el caso se envía a un coordinador de programa que ubica al  delincuente en el empleo adecuado. De no existir tal programa, se entrega al juez un informe previo a la sentencia, sugiriendo el servicio comunitario. En Washington, la orden típica requiere que el delincuente realice entre cincuenta y doscientas horas de trabajo. Dado que el delincuente trabajará en un lugar público, se realiza una cuidadosa selección a fin de asegurar la seguridad de los demás. Por lo general, los delincuentes no violentos son los elegidos para el programa. Si, por algún motivo, la orden no es cumplida, delincuente, coordinador de programa y funcionario de libertad condicional se reúnen a fin de conversar las razones de esto y algún medio alternativo para facilitar el cumplimiento de la misma. En algunas oportunidades, es necesario modificar la orden; puede que se transfiera al delincuente a otro trabajo,  o el delincuente puede tener que presentarse nuevamente para recibir una sentencia alternativa. 

Ejemplos de leyes del Reino Unido incluyen la Ley de Justicia Penal de 1972, que introdujo allí las órdenes de servicio comunitario (Wright, 1989 en 268). Sin embargo, la Ley no especificó que las órdenes deban ser más reparadoras que punitivas, lo que llevó a confusión. La Ley de 1982 alivió, en cierto modo, este problema autorizando a los tribunales a imponer una orden de servicio comunitario como sanción exclusiva. 

Un programa de servicio comunitario en Bruselas, acepta casos del sistema de justicia de menores cuando las órdenes de servicio comunitario son impuestas al momento de dictar sentencia (Eliaerts en 4). Allí, las órdenes de servicio comunitario intentan lograr una proporcionalidad entre la seriedad del delito y la cantidad de horas a ser trabajadas, además de tener en cuenta otros factores (4-8). El programa de servicio comunitario funciona dentro de un modelo protector como alternativa frente a la institucionalización, lo que permite que las órdenes sean individualizadas, teniendo en cuenta qué es lo mejor para el menor (6-7). 

Evaluación  

En los organismos tradicionales orientados hacia la asistencia social, el servicio comunitario puede potencialmente convertirse en un tratamiento alternativo más que una sanción alternativa (Walgrave, 1992 en 348). Es decir, dado que la orden de servicio indicada con frecuencia se adecua al delincuente y no al delito (especialmente en el modelo de justicia de menores), el servicio comunitario se usa primordialmente a fin de rehabilitar al delincuente, sus motivaciones respecto de la reparación se tornan secundarias. 

Aún más, la posición de la víctima respecto al servicio comunitario no es clara (Walgrave, 1992 en 349). Si bien el servicio comunitario parece ser apropiado cuando la víctima no desea o no puede confrontar al delincuente, o cuando el delito no causó víctimas, debemos reconocer que posee un potencial limitado para  satisfacer las necesidades de reparación de la víctima (Van Ness, 1986 en 166). 

Los menores en Inglaterra y Gales cumplieron, al menos, el 70% de las órdenes de servicio comunitario (Harding, 1994 en 109). Los menores descubrieron que ésta es una experiencia valiosa, sin perder de vista el hecho que es una sanción penal. Los negocios y organismos también asignaron gran valor a los servicios prestados por los menores. Sin embargo, las órdenes de servicio comunitario no funcionan con quienes presentan conductas adictivas (Van Ness, 1986 en 166). 

Los programas de órdenes de servicio comunitario conducidos por el estado en el sur de Australia también encuentran dificultades al intentar  establecer una correlación entre la labor a ser realizada con el delito cometido (Wundersitz y Hetzel, 1996 en 132). Las órdenes de servicio comunitario que no vinculan el delito cometido al trabajo a ser realizado, con frecuencia, sirven realmente como castigo pero pierden su finalidad reparadora. Es más, los delincuentes pueden verlo como un castigo. En realidad, esto podría socavar la capacidad que estos programas poseen para inducir responsabilidad y mejorar la percepción que posee el delincuente de su propio valor.  

Mantener una Visión Restaurativa  

Las distintas posiciones respecto de las finalidades del servicio comunitario oscurecen su visión restaurativa. En el programa de servicio comunitario del Reino Unido, los funcionarios de libertad condicional jerarquizaron “reducción de la población carcelaria” y “castigo” como los dos principales propósitos de las órdenes de servicio comunitario, considerando “reparación a la comunidad” y “ayuda al delincuente” como finalidades secundarias (Wright, 1991 en 41). En  este programa, los supervisores jerarquizaron las finalidades exactamente al revés. Otros señalaron que las órdenes de servicio comunitario han sido consideradas por algunos de naturaleza principalmente rehabilitadora o punitiva (Wright y Galaway, 1989 en 8). 

Pero, a fin de que las órdenes de servicio comunitario mantengan una visión restaurativa, sus propósitos restaurativos deben estar claramente delineados. Simplemente, llevar las órdenes de  servicio comunitario a la práctica sin hacer esto, conlleva el riesgo de que estos propósitos sean distorsionados. Es más, la evaluación de las órdenes de servicio comunitario, y su potencial dentro de un marco restaurativo, se torna difícil de determinar (8). 

Si realmente aceptamos la idea de que la comunidad es responsable por el mantenimiento de la paz y el orden en la sociedad (Van Ness y Strong, 1997) el  servicio comunitario adquiere importancia, dentro de un sistema de justicia restaurativo, a fin de mantener la paz dentro de la comunidad pertinente, mediante la reparación del daño causado a ésta por el delito. 

Para reparar el daño infligido por el delito a la comunidad, las órdenes de servicio comunitario deben vincular cada delito en particular con el trabajo a ser realizado. Debe mantenerse la visión de reparación primordial a la comunidad.

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